Archivo Parroquial

Archivo Parroquial

Archivo Parroquial

Procedimiento para solicitar documentación de archivos parroquiales.

Información para personas interesadas en obtener certificados y partidas.

Para solicitar cualquier documentación de nuestros archivos, tales como partidas de bautismo, certificados de haber realizado catequesis, anuencias, certificados de matrimonios, de confirmación u otros documentos similares, le invitamos a completar el formulario disponible en el siguiente enlace.

Una vez recibida su solicitud, nos pondremos en contacto con usted en el transcurso de los próximos días para darle seguimiento y entregarle la información o el documento solicitado.

Agradecemos su confianza y quedamos a su disposición para cualquier consulta adicional.

La partida es uno de los documentos más solicitados. Es imprescindible presentarlo antes de la recepción de determinados sacramentos:

– Confirmación.

– Matrimonio canónico.

– Orden sacerdotal.

– Para profesar como postulante o novicio en una congregación religiosa.

También se puede solicitar para  ser padrino/madrina de bautismo o de confirmación y para hacerse hermano de una Hermandad.

Cuando la partida se va a enviar a otra diócesis debe ser legalizada por el obispado de origen y de destino.

Las anuencias son autorizaciones del párroco para poder recibir un sacramento en otra parroquia distinta a la que se pertenece.

Se pueden pedir para:

  • Bautizar a un hijo en otra parroquia.
  • Comenzar la catequesis en otro lugar.
  • Casarte en otra parroquia.

Tasas

  • Partidas: 15€
  • Partida legalizada: 25€
  • Partidas de más de 75 años: 30€
  • Anuencias: 20€

Se encuentran publicadas en el Boletín Oficial de la Archidiócesis de Sevilla CLXII (2021) 2408.

Otra fuente importante de financiación de nuestras parroquias son los donativos que los fieles hacen con motivo de la celebración de los sacramentos (bodas, bautizos, etc.). Estos donativos son de carácter voluntario, tienen sentido de participación en el culto y son expresión de reconocimiento a Dios por los bienes que de Él se reciben. Al mismo tiempo, también son un signo de solidaridad con las exigencias de funcionamiento derivadas de los servicios que se ocasionan.

Estos donativos no pueden dar lugar a diferencias en las celebraciones, y ninguno de los fieles quedará privado de servicios parroquiales, en igual forma que a todos, por su situación de pobreza (Cf. cc 848 y 1181 CIC; SC 32).